JUICIO DE NULIDAD A ACUERDO DE AYTTO. PUERTO VALLARTA

JUICIO DE NULIDAD A ACUERDO DE AYTTO. P. VALLARTA

  • Por la vía legal, la AEBBA manifiesta su desacuerdo a las decisiones municipales.

AEBBA Abril 1°, 2015.- El Presidente de la Asociación de Empresarios de Puerto Vallarta y Bahía de Banderas Dr. Jorge Villanueva, dio a conocer que el organismo que representa interpuso ante el tribunal de lo administrativo en la ciudad de Guadalajara un Juicio de Nulidad al acuerdo edilicio votado en sesión de cabildo de Puerto Vallarta del 02 de Febrero del 2015, por considerar las repercusiones negativas que tendría para nuestra ciudad.

El Dr. Villanueva explicó, que la asociación de empresarios ha estado trabajando arduamente en el mejoramiento de la imagen urbana de la región de la Bahía de Banderas realizando acciones de embellecimiento en camellones, estudios de imagen urbana y entregado iniciativas de reglamentos de Imagen Urbana a los municipios; siempre en equipo con las autoridades federales, estatales y municipales tanto de Jalisco como de Nayarit.

Por ello, consideran inaceptable este acuerdo edilicio que el Ayuntamiento de Puerto Vallarta aprobó, por mayoría calificada en sesión de cabildo realizada a altas horas de la madrugada; en perjuicio de la imagen urbana de nuestro destino con afectaciones que trascienden la administración municipal actual.

Ya que en dicha sesión el cabildo aprobó, suscribir convenios por 20 años con derecho a prórroga para la instalación de dispositivos publicitarios que faciliten la transmisión de mensajes y la publicación de los señalamientos, prevenciones y notificaciones que las autoridades deban de hacer del conocimiento de la población.

Permitiendo que las características y ubicación de los dispositivos puedan ser determinados por el Presidente Municipal mediante dictamen técnico emitido por la Dirección General de Ecología y Ordenamiento Territorial.

Agrego el Presidente de los empresarios, que el acuerdo edilicio establece que se podrán explotar comercialmente por los titulares de los convenios para fines publicitarios en el entendido que la difusión de mensajes publicitarios no podrá rebasar el 80 % del espacio o de los tiempos de exposición de mensajes.

El documento aprobado, establece que “Estos dispositivos no requerirán licencia para su explotación comercial”. Y se faculta al Presidente Municipal para que lleve a cabo la selección y calificación de las empresas o instituciones que colaborarán con la instalación de dispositivos y módulos de información.

Comprometiendo a la administración municipal a garantizar la permanencia y utilización de los dispositivos y módulos de información, adquiriendo el compromiso del municipio de indemnizar al colaborador en caso de que uno o más de los implementos habilitados sean removidos o inutilizados por decisión de las autoridades municipales.

Declaró el Dr. Villanueva, que es por ello, que con pleno derecho como ciudadanos, y fundamentalmente como Sociedad Civil organizada, al interior de la Asociación de Empresarios de Puerto Vallarta y Bahía de Banderas se estableció oponernos por la vía legal a la cual tenemos derecho, interponiendo ante el Tribunal de lo Administrativo de la ciudad de Guadalajara un Juicio de Nulidad a acuerdo de Aytto. P. Vallarta; para que este acuerdo edilicio quede sin efecto a través recurriendo de esta forma a los instrumentos jurídicos correspondientes.